Justicia Consumidores ha conseguido una sentencia firme y pionera dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, estableciendo un precedente fundamental en la concesión del complemento de maternidad por aportación demográfica en el régimen de Clases Pasivas.
Gracias a la sentencia, el pensionista recibirá más de 16.000 euros en atrasos y verá incrementada su pensión en al menos 250 euros al mes. Además, el Tribunal reconoce una indemnización adicional de 1.800 euros para compensar los daños y perjuicios efectivamente sufridos por el solicitante que vio denegada su petición. El fallo, abre la puerta a nivel nacional para que ambos progenitores puedan percibir el complemento de maternidad en el régimen de Clases Pasivas, en línea con lo ya establecido en el Régimen General de la Seguridad Social El pensionista afectado, padre de tres hijos, había solicitado el complemento de aportación demográfica, pero le fue denegado porque su mujer ya lo estaba cobrando, pese a que él, como funcionario de Clases Pasivas, cumplía con todos los requisitos establecidos en el artículo 60 de la Ley de Seguridad Social en su redacción anterior, que regulaba el acceso al complemento por maternidad en pensiones contributivas.
Requisitos para acceder al complemento de maternidad:
- Ser hombre y estar disfrutando de una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad obtenida entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
- Ser padre de al menos dos hijos, ya sean naturales o adoptivos, nacidos antes de la obtención de la pensión.
- Un pensionista de Clases Pasivas logra que le reconozcan el complemento de maternidad que le habían denegado por cobrarlo su mujer.
- No haberse jubilado de forma anticipada o voluntaria salvo en los casos permitidos por ley, como jubilaciones forzosas derivadas de despidos objetivos, despidos colectivos (ERE) o despidos por fuerza mayor.

“Con este fallo, se abre la puerta a nivel nacional para que ambos progenitores en el
explica el abogado que ha ganado el caso, Rodrigo Álvarez de la plataforma Justicia
régimen de Clases Pasivas puedan acceder al complemento, tal y como ya ocurre en el
Régimen General de la Seguridad Social, donde el Pleno de la Sala de lo Social del
Tribunal Supremo fijó como doctrina i
que ambos progenitores pudieran cobrarlo.”
Consumidores.
La sentencia establece que el complemento de maternidad puede ser obtenido tanto por hombres como por mujeres que cumplan con estos requisitos, sin que se condicione a si el otro progenitor también tenga o pudiera tener derecho a percibirlo. Esta resolución es firme y contradice el criterio mantenido por otros tribunales, como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que han interpretado la normativa en sentido contrario.

